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Pero todo lo dicho hasta aquí no basta para dilucidar completamente el problema de la representación. La definición de un modelo dado para la figura del representante y por ende para la función representativa, no estará completa si no consideramos también el aspecto estructural de la representación y de sus bases institucionales. No se puede pensar un modelo de representación abstracto, esto es, sin tener en cuenta las posibilidades y los límites de los mecanismos institucionales que aseguren la correcta ejecución de las prescripciones constitucionales, normas entre las que se encuentra la realización de elecciones periódicas y "competitivas", que ofrezcan un mínimo de garantías a la libertad del sufragio, y que no conviertan a la elección en un simple trámite plebiscitario o de mera investidura. Su ausencia -o su indefinición- permite que surjan jefes carismáticos, dictadores, partidos únicos que se autoproclaman representantes de los "verdaderos intereses" de los pueblos.

Hoy el fenómeno de la representación política debe ser considerado como un hecho global más que como una serie de relaciones de representación independientes, implementadas entre los representantes y sus distritos electorales. Aquí es donde adquiere relevancia el rol de los partidos políticos, tanto como elaboradores y presentadores de programas como de organizadores de la gestión política. En el proceso representativo -recordamos que estamos siguiendo a Bobbio- se pueden observar dos secuencias-tipo: 1) electores-partidos representantes individuales, 2) electores representantes individuales partidos.  En la primera, la más importante en la actualidad, la relación primaria se establece entre los partidos y el electorado; es la "imagen partidista" presentada al juicio electoral y sobre ella se ejerce el control. Los representantes individuales tienen un papel casi ejecutivo. En la segunda secuencia -aunque no insignificante- son los representantes quienes constituyen el canal representativo entre el nivel local y los partidos.

En ambos casos, el papel de los representantes siempre está relacionado con el de los partidos. La esencia de la representación reside en la "responsabilidad" periódica a la que están sujetos los actores políticos en competencia, es decir, los partidos, que no es otra cosa que el llamado a rendir cuentas de sus acciones entre aquellos que tienen el poder de designación, que desde luego debe entenderse con respecto al conjunto genérico de comportamiento y no por cada acto particular de los actores políticos considerados individualmente. Bobbio concluye que se podría definir a la representación política como "un sistema institucionalizado de responsabilidad política, realizada a través de la designación electoral libre de ciertos organismos políticos fundamentales (en su mayoría, los parlamentos)".

"Los regímenes representativos son los regímenes políticos que reciben de la representación una caracterización decisiva. La representación, a su vez, es un fenómeno complejo que en su núcleo consiste en un proceso de elección de los gobernantes y de control sobre su obra a través de elecciones competitivas". Esta complejidad ha hecho que algunos propongan el uso de otros términos, de interpretación más unívoca, como "selección de liderazgo", "delegación de la soberanía popular", "legitimación", "control político", "participación indirecta", etc. Pero a estas tesis debe responderse que "el concepto de representación sigue siendo útil justamente como concepto multidimensional, es decir, como concepto sintetizante de un fenómeno político que es ciertamente complejo en sus elementos constitutivos, pero es al mismo tiempo unitario en sus finalidades, en su lógica causal".

Finalmente agrego que no es lo mismo el representante en cargos legislativos que el representante en cargos ejecutivos, no obstante que los dos acceden con una plataforma y una doctrina previamente elaborada y conocida por el electorado. Reitero: la teoría universalmente aceptada nos dice que ambos, legisladores y ejecutivos, desde el momento de ser electos pasan a ser representantes del pueblo; aquí planteo una diferencia con la realidad que debe ser considerada. Los representantes parlamentarios quedan de hecho sujetos al mandato del partido como hemos sostenido. Pero el representante ejecutivo, presidente, gobernador o intendente, desde el momento de su asunción pasa a ser representante y mandatario de "todos" los ciudadanos; es decir,  la consideración de los problemas adquiere otra perspectiva y por lo tanto el representante debe tener mayor libertad. Desde luego, y esto dicho como norma general, sin que ello signifique violar las promesas electorales contenidas en la plataforma, salvo que circunstancias de excepción lo obliguen a ello, en cuyo caso deberá dar claras explicaciones al respecto. Porque esto de cambiar promesas -que significaron el apoyo de la ciudadanía- inmediatamente después de asumir, también lo hemos conocido los argentinos en no pocas oportunidades.
 
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