"Tal reconocimiento de jurisdicción, implica la más plena
referencia al ordenamiento jurídico canónico para regir (las relaciones
jurídicas) de la Iglesia (Católica) destinadas a la consecución de sus
fines".
"...en tales condiciones, toda interferencia jurisdiccional
...sólo puede decretarse o reconocerse en la República (Argentina), de
conformidad con el ordenamiento canónico (y) en virtud de sus disposiciones
aplicables, a las que reenvía el Derecho Argentino. "3
Acuerdo Entre la Santa Sede y la República
Argentina