Ya la manera de mencionar las fuentes, está plagada de errores,
pues comienza a citarlas, en lugar de por su título -para saber de entrada a
cuál se está refiriendo-, por el último término de las mismas.
Altera la numeración en cuanto a las números arábigos o
romanos, y utiliza unas abreviaturas equívocas que no condicen con la
importancia de las obras citadas.
Además, no separa correctamente entre un antecedente y otro con
los signos de puntuación que corresponden, lo que dificulta aun más la
lectura.
Partida Séptima, título X, Ley XIV: no trata aquí esta fuente
de la turbación de la posesión, sino de los acreedores que se hacen pagar sus
créditos sin mandamiento del juzgador.