Art. 2.- Es función primordial del Estado fortalecer
la unidad nacional, asegurar la vigencia de los derechos fundamentales del
hombre y promover el progreso económico, social y cultural de sus
habitantes-
Art. 3.- El Estado Ecuatoriano proclama la Paz y la
cooperación Como sistema de convivencia internacional y la igualdad
Jurídica de los Estados, condena el uso o la amenaza de la fuerza como
medio de solución de los conflictos y repudia el despojo bélico
como fuente de Derecho. Propugna la solución de las controversias
internacionales por métodos jurídicos y pacíficos y declara
que el Derecho Internacional es norma de conducta de los Estados en sus
relaciones recíprocas.
Propugna también la comunidad internacional, así
como la estabilidad y fortalecimiento de sus organismo y, dentro de ello, la
integración iberoamericana, Como sistema eficaz para alcanzar el
desarrollo de la comunidad de pueblos unidos por vínculos de solidaridad
nacidos de la identidad de origen y cultura.
El Ecuador podrá formar, con uno o más Estados,
asociaciones para la promoción y defensa de los intereses nacionales y
comunitarios.
Art. 4.- El Estado Ecuatoriano condena toda forma de
colonialismo, neocolonialismo y de discriminación o segregación
racial. Reconoce el derecho de los pueblos a liberarse de estos sistemas
opresivos.