La ley aplica una pena penal -mezcla entre el Derecho Penal y
el Derecho Civil-, y hace que como consecuencia punitiva, el acreedor pierda el
derecho al crédito.
Esta fuente correspondería a la parte del Código Civil
referente a las Obligaciones, pero ni siquiera en esa materia Vélez Sarsfield
siguió a las Partidas en cuanto a esta solución se refiere.
Las notas de Vélez Sarsfield a lo legislado respecto de "las
acciones posesorias", comienzan desde el vamos equivocadas, cuando para
fundamentar el artículo 2469 hay un riquísimo material que el Codificador
argentino desaprovechó, y que consiste en la Legislación Romana y la antigua
Legislación Española, que acompaño a esta investigación para evitar toda duda
acerca de su autenticidad, y que subrayo a los efectos de su fácil y rápida
lectura en sus partes más relevantes en cuanto a la protección posesoria se
refieren.