Lo mismo acontece en los Estados Unidos, país en donde una gran mayoría de
los presos, son de raza negra, mestizos, latinos, mexicanos o descendientes de
ellos e, inclusive, indígenas.
Otra cuestión objeto de análisis, fue determinar fue cuál sería el costo
económico que le podría acarrear al estado nacional y provincial, la mejora de
los sistemas de recepción y conservación de la prueba. En especial de la prueba
de testigos y de la conservación de la escena del crimen.
Nuestros políticos locales siempre hacen responsable de su inacción y a la
falta de recursos, mientras se perpetúan los males sociales que aquejan a
nuestra sociedad. Sin embargo, el costo económico de mejorar los mencionados
sistemas no tiene impacto o significación alguna dentro del presupuesto
provincial, y menos aún en el de la Nación.
No obstante, aunque el costo de las mejoras propuestas resultara excesivo, no
se comprende por qué no emplean el mismo argumento cuando se solventan los
gastos de obras faraónicas como son, en el caso de nuestra provincia, las
mejoras realizadas en la zona del acceso a la ciudad de San Salvador de Jujuy o
el desmesurado costo en la construcción del puente que comunica el Barrio de
Ciudad de Nieva con los Perales, y esto por citar sólo un par de ejemplos de
gastos que no redundan en beneficio de la sociedad en su conjunto, sino que
benefician a unos pocos y postergan las necesidades más apremiantes de la
mayoría.
Téngase en cuenta que con simples mecanismos y equipamiento no muy costoso,
el sistema judicial podría mejorar de manera radical. A título de ejemplo
ofrecemos las siguientes propuestas, que no son originales sino que han sido
adoptadas por muchas legislaturas locales en los Estados Unidos y en otros
países del mundo, además de ser mencionadas expresamente por parte de la
organización "The Innocence Project": a) Preparación y entrenamiento adecuados
del personal policial encargado de realizar las entrevistas y preguntas a los
testigos oculares, a fin de evitar preguntas capciosas, indicativas o
sugestivas; b) Filmación o grabación de las entrevistas de los testigos, para
asegurar el adecuado derecho de defensa de los imputados, y buscar la verdad
real de lo acontecido; c) Filmar o fotografiar adecuadamente las ruedas de
reconocimientos, haciendo constar en las actas respectivas las expresiones y el
grado de seguridad puesto de manifiesto por el individuo que realiza el
reconocimiento; d) Filmación de la escena del crimen, la autopsia y la
recolección de los indicios en debida forma, para así posibilitar la prueba de
ADN posterior; y e) Eliminación de la prueba de "informantes", que no
ofrece seguridad alguna sobre la veracidad de sus dichos, entre otras
sugerencias puntuales.
Como puede advertirse, el costo del equipamiento requerido (filmadoras,
máquinas fotográficas, grabadores, cursos) y la capacitación del personal
policial o judicial no parece ser demasiado significativo para el presupuesto
que maneja la provincia, y menos todavía para el presupuesto nacional.
Por todo lo expuesto, y para concluir, estimamos que hemos de probar a través
del presente trabajo -en el cual han tenido influencia sobresaliente los
estudios del doctor Daniel Schacter y de la doctora Elizabeth Loftus; sin
olvidar los aportes de Wells, de las legislaturas norteamericanas y de "The
Innocence Project"-, que en nuestro país se impone una imprescindible y
necesaria reforma del modo en que debe de recibirse, conservarse, analizarse y
valorarse la prueba de testigos y no sólo para el proceso penal -en el cual está
en juego la libertad del ser humano-, sino también para los fueros Civil,
Comercial, Laboral y Administrativo.
Una reforma que consiga evitar los costos de las demandas indemnizatorias
contra Estado nacional o provincial, pero más que nada para lograr una verdadera
resolución justa de las causas judiciales, anteponiendo como prioridad
insoslayable las garantías, derechos y deberes que nuestra Constitución Nacional
y Provincial garantizan su letra y espíritu.
Fabián Camaño, Mayo 2009
* Ver la edición de fecha 25 de
noviembre del año 2007, con nota de Fernanda Santos.
** Término peyorativo que designa
a los mestizos o descendientes de aborígenes que habitan nuestro
suelo.